Sistema de Transacciones con Títulos en Moneda Extranjera (SITME)
Podrán adquirir SITME las personas jurídicas cuando se exponga en cualquiera de los siguientes supuestos:
- Importadores de Bienes y Servicios que no estén incluidos en las listas 1 y 2 establecidas en la Resolución conjunta dictada por los Ministerios del Poder Popular de Planificación y Finanzas, para el Comercio, para las Industrias Básicas y Minería, para la Agricultura y Tierras, para la Salud, para la Energía y Petróleo, para Ciencia, Tecnología e Industrias Intermedias y para la Alimentación, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.396 de fecha 05 de abril de 2010, o en aquella que la sustituya.
- Importadores de Bienes y Servicios que estén incluidos en la lista 1 y 2 establecidas en la Resolución a la que se refiere en el literal anterior, o la que la sustituya, que no hayan adquirido divisas, durante los noventa (90) días consecutivos, anteriores a la solicitud, a través de autorizaciones de liquidación de divisas emitidas por la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), o los que en ese período no hubiesen efectivamente ejecutado importaciones canalizadas a través del Convenio de Pagos y Créditos Recíprocos de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI) o del Sistema Unitario de Compensación Regional de Pagos (SUCRE). En caso de que la persona jurídica hubiese efectuado solicitudes de adquisición de divisas ó hubiese obtenido Autorizaciones de Adquisición de Divisas (AAD) emitidas por la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), que aún se encuentren vigentes, y que se correspondan con la misma importación para la cual se ha solicitado divisas en el SITME, deberá renunciar de forma expresa y por escrito a tales solicitudes y/o autorizaciones, según el caso, para lo cual deberá consignar por ante la respectiva institución autorizada el original de dicha renuncia, conforme al formato elaborado para tal fin por el Banco Central de Venezuela y disponible en su página Web.
- Importadores de bienes de capital, insumos y materias primas.
Normativa SITME por el Banco Central de Venezuela